JUZGADOS DE PAZ

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Juez de Paz San Pedro ABG. DIEGO GAUTO RAMIREZ Teléfono: 0971-830280 e-mail: dgrddi64@gmail.com
Juez de Paz Antequera ABG. ODALIA BERNAL RECALDE Teléfono: 0971- 656313 e-mail: odaliabernal00@outlook.com
Juez de Paz Nueva Germania ABG. GRACIELA STERM PERALTA Teléfono: 0985- 202198 e-mail:graciela.stern20@gmail.com
Juez de Paz de Santa Rosa del Aguaray ABG. JOSÉ DE JESÚS LEZCANO DOMÍNGUEZ Teléfono: j_lezcano_@hotmail.com e-mail: 0984 -580799
Juez de Paz Lima ABG. ELADIO ARTURO BENÍTEZ LEZCANO Teléfono: 0971 360064 /0981 259352 e-mail:arthurbenitez1@hotmail.com
Juez de Paz Choré ABG. ROGELIA NADIR MERELES Teléfono: 0991 572707 e-mail:nadirmereles@hotmail.com
Juez de Paz General Elizardo Aquino ABG. RAMÓN SILVIO RÍOS CRISTALDO Teléfono: 0982 – 632960 e-mail: ramonriosc75@gmail.com
Juez de Paz Itacurubí del Rosario ABG. WILSON DAVID VELÁZQUEZ URUNAGA Teléfono:0981 – 134 323 e-mail: daviduru@hotmail.es
Juez de Paz Villa del Rosario – Interino ABG. RAMÓN SILVIO RÍOS CRISTALDO  
Juez de Paz San Estanislao ABG. AMANDA BEATRIZ ALVAREZ SPERANZA Teléfono: 0971 470691 e-mail: amandalvarez.aa@gmail.com
Juez de Paz de Yayaity del Norte ABG. NATALIA MIRANDA DACAK    
Juez de Paz Guayaibí  ABG. MONSERRAT BENÍTEZ Teléfono 0981211455 e- mail: monsebenitez@yahoo.com.ar
Juez de Paz Capiibary – Interino ABG. RICARDO NÚÑEZ FERNÁNDEZ Teléfono: 0983 -225873 e-mail:nainz@hotmail.com
Juez de Paz General Resquín ABG. MARLENE ELIZABETH BARRETO VARELA Teléfono: 0976 449418 e-mail:   marl2686@hotmail.com
Juez de Paz Tacuati ABG. YENNI BEATRIZ ARECO FERREIRA Teléfono: 0971-383 845 e-mail: yenniar30@hotmail.com
Juez de Paz Unión ABG. NAIDA TOMASA  LARROZA Teléfono: 0971- 476 330 e-mail:naikylarroza@hotmail.com
 
Juez de Paz 25 de Diciembre ABG. JULIO ESCOBAR MILON Teléfono: 0971 236 010 e-mail:juliomilon63@gmail.com  
Juez de Paz de Colonia Navidad ABG. MARTA IRENE ZARATE Teléf. 0985 634 979 e-mail: marti_zarate@hotmail.com  
Juez de Paz de Rio Verde ABG. EVA EDITH ARTETA  Teléf. 0981 -864055 e- mail: eva_arteta@hotmail.com
Juez  de Paz de Yryvucuá Abg. CLARA INES PAEZ GONZALEZ  Teléf. 0981 638 170 e-mail: clarapaez87@gmail.com
Juez de Paz de Liberación ABG. CRISTHIAN DUARTE GONZALEZ Teléf. 0971. 136 516 e-mail: crhisthian.d@hotmail.com  
Juez de Paz San Pablo ABG. MIRIAN LEGUIZAMÓN GODOY Teléfono: 0986 -703766 e-mail: myriangodoy01@gmail.com
Juez de Paz de Puerto Ybapobó           ABG. CARLOS CESAR  ARECO SILVA E- mail: arecocarlos2@gmail.com Teléf. 0981 778538

INFORMACIÓN GENERAL

Por la Ley 6059/18, se ampliaron las competencias de los JUZGADOS DE PAZ.  por tanto, en la actualidad conocen (art. 1º):

a) de los asuntos de la niñez y adolescencia, civiles, comerciales o laborales en los cuales el valor del litigio no exceda del equivalente a trescientos jornales mínimos legales para actividades diversas no especificadas, con exclusión de los que se refieran al estado civil de las personas, al derecho de familia, convocación de acreedores y quiebras, las acciones reales y posesorias sobre inmuebles, salvo aquellos que se planteen con motivo de una tercería de dominio;

b) de las acciones posesorias y acciones sucesorias de las propiedades rurales de hasta cincuenta hectáreas; y las urbanas cuya valuación fiscal no exceda de la cuantía atribuida a su competencia;

c) de las demandas, por resolución de contrato de locación que se funden en la falta de pago de alquileres, siempre que no se exceda la cuantía atribuida a su competencia;

d) de los juicios de alimentos, siempre que el afectado haya alcanzado la mayoría de edad; de la homologación de acuerdos conciliatorios en materia de asistencia alimentaria; régimen de convivencia y relacionamiento;

e) de las restricciones y límites al dominio o sobre condominio de muros y cercos, y en particular, los que se susciten con motivo de la vecindad urbana o rural, siempre que la valuación fiscal no exceda la cuantía atribuida a su competencia;

f) de la mensura, deslinde y amojonamiento, siempre que el valor real del fundo no exceda la cuantía de su competencia;

g) del beneficio para litigar sin gastos iniciados para tramitación de juicios que corresponden al ámbito de su competencia;

h) de las diligencias preparatorias y pruebas anticipadas, correspondientes a los juicios tramitados en el ámbito de su competencia;

i) de la autorización para contraer matrimonio a menores de edad, domiciliados en el territorio de su competencia;

j) de la curatela o insania, en los supuestos en que se acredite que el incapaz no posee bienes;

k) de la información sumaria de testigos;

l) de las medidas de seguridad urgentes establecidas en el Artículo 70 de la Ley N° 1680/01 “CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA”; y,

m) las competencias establecidas en la Ley N° 1600/00 “CONTRA LA VIOLENCIA DOMÉSTICA”.

Competencia por la Cuantía: Los Juzgados de Paz son competentes para entender en los juicios cuyo monto o cuantía no supere los 300 jornales (equivalen a la fecha la suma de Gs. 26.415.300), cuando el litigio tenga un valor superior a dicho monto será competente el Juzgado de Primera Instancia.

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