La Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia, comunicó por Acordada N° 1797 de fecha 02 de abril de 2025, que la CSJ Resolvió cuanto se detalla en los artículos 1 y 2.

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Artículo 1°:  DISPONER que en los casos en que los jueces competentes expidan autorizaciones para viajar al exterior para niños, niñas y adolescentes con firma electrónica cualificada, cuya validación pueda darse a través de la lectura del CÓDIGO QR generado con la misma será innecesario el trámite de legalización de las firmas ante la Corte Suprema de Justicia.

Artículo 2° RATIFICAR la vigencia de las acordadas 387/05 y 511/08, en el sentido de que será obligatorio legalizar las firmas en los casos en que las autorizaciones para viajar al exterior para niños, niñas y adolescentes sean expedidas en formato papel.

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