Cumplimiento de Tutela General ordenada por juzgado Penal de Ejecución de Cordillera

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El Juez Penal de Ejecución de Cordillera, Juan Bautista Silva Ucedo, en el marco de control penitenciario,  se constituyó en compañía de la actuaria judicial Rosalba Cristaldo y funcionarios, en el Complejo para Mujeres Privadas de Libertad de Emboscada, denominado COMPLE, a los efectos de corroborar el cumplimiento efectivo de la Tutela Jurisdiccional de carácter General, ordenada por Resolución N°1955/25, a favor de 651 internas recluidas, en reconocimiento de la dignidad humana, el respeto de los derechos fundamentales de prevenidas y condenadas consagrados en la Constitución Nacional e instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos, aprobados y ratificados por el Paraguay.

En fecha de ayer, 22 de diciembre del corriente año, este juzgado procedió a la verificación de los pabellones y módulos del ente penitenciario, así como también el área de servicios generales (cocina, lavandería panadería e intendencia), observando la correcta provisión de alimentos para las internas, la adecuada cantidad de personal para  distribución así como la logística en todos los módulos, en  cuanto a las instalaciones se constató que fue optimizada la presión de agua en los baños de las celdas, se visualizó que las autoridades del penal mediante cartelería instalada en los distintos pabellones informan sobre sus derechos a las internas, la asignación de perfil por módulo, el régimen de disciplina, recompensas conforme a la conducta y el agendamiento para el régimen de visitas.

Asimismo, el magistrado confirmó que las entrevistas son realizadas normalmente entre los abogados defensores públicos o privados y las internas en los lugares destinados a ese efecto y la libre comunicación por medios telemáticos de las mismas con sus familiares. También se constató la falta de ventiladores en los módulos 3 y 4, situación a ser subsanada de acuerdo a manifestaciones de las autoridades del penal.

En atención a las atribuciones establecidas en la Constitución Nacional y el Código de Ejecución Penal sobre el control del régimen penitenciario, en defensa de los Derechos Humanos de las internas del COMPLE, siendo observado el cumplimiento de la Tutela Jurisdiccional de carácter General ordenada por Resolución N°1955/25 en relación a las condiciones de albergabilidad, de higiene e iluminación de los pabellones, como así también las condiciones mínimas en cuanto a la alimentación y otros, el juzgado resolvió tener por cumplida la referida resolución judicial.

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